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En un plano lógico, o en un orden normal, la cuestión de la competencia judicial internacional de los Tribunales de un Estado se erige como el primer sector del conte¬nido del Derecho internacional privado. Este sector da respuesta a una cuestión que no es puramente procesal: se trata de determinar en qué condiciones y bajo qué principios los órganos que ejercen la función jurisdiccional en un Estado tienen competencia para entrar a conocer y, en consecuencia, proceder a solucionar los problemas que suscita una determi¬nada situación privada internacional
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