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Esta obra trata de la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido a las Administraciones públicas. Un ordenamiento tributario podría apostar por generalizar el sometimiento al impuesto de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por los operadores públicos; por excluirlos por entero del ámbito del IVA; o escoger una tercera vía, sometiendo al IVA sólo algunas operaciones. Esta última es la opción elegida por el sistema europeo de IVA. A lo largo de la publicación se ponen de manifiesto las dificultades jurídicas de una decisión así. En primer lugar, porque ha de buscarse un criterio para determinar qué operaciones quedan en el ámbito del IVA y qué operaciones se excluyen del mismo. lo que en sí mismo ya es bastante dificultoso. Pero, en segundo lugar, porque la falta de homogeneidad en las operaciones activas de una empresa complica hasta el extremo la aplicación de este impuesto: desde el tratamiento que debe darse a los cambios de destino de los bienes dentro de la persona afectada hasta la deducción del IVA correspondiente a las adquisiciones de bienes y servicios. Un sujeto público queda, así, condenado a acatar unas reglas de muy difícil cumplimiento que sólo puede rodear manipulando lo que sería el esquema ordinario de prestación de servicios públicos. A ello se sumará un problema económico. El IVA se convierte en una pieza relevante en el presupuesto de gastos de una Administración. En España, dado que el IVA nutre sobre todo las arcas del Estado, serán las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales o las Universidades las que sufrirán esta situación. Se identifica el problema de raíz en la exclusión del campo del IVA de buena parte de las operaciones efectuadas por las Administraciones públicas, sea por que la respectiva autoridad no tenga la consideración de sujeto pasivo respecto de las mismas, sea por que las operaciones queden exentas.Y se proponen algunas fórmulas con las que, al parecer del autor, mejoraría la regulación actual; aunque, por muy acertadas que fueren, siempre chocarán con la inevitable dualidad de nuestro IVA. Sin perjuicio de ello, se realiza un tratamiento exhaustivo de todas las cuestiones que pueden interesar a una Administración pública en el ámbito del IVA: como adquirente de bienes y servicios y como sujeto pasivo del IVA.
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