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La Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social comportó numerosas innovaciones respecto de la precedente Ley de Procedimiento Laboral, por su necesaria concordancia con las normas sustantivas, por la ampliación competencial asumida (respecto de materias civiles o administrativas), por su visión de la oficina judicial, por los numerosos cambios de criterio acogidos (muchas veces interaccionando con la jurisprudencia), en fin por la modernización del procedimiento (en todas sus fases) y el realce del papel garante que corresponde al Juez (en orden a la tutela judicial efectiva, especialmente de los derechos .
Los presentes Comentarios, como es obligado, pasan revista a todos y cada uno de los preceptos de la Norma, realizando constantes observaciones prácticas, concordancias normativas, valoraciones doctrinales o recordatorio de criterios judiciales. Se va mucho más allá de la mera glosa o nota de urgencia, pero sin abandonar la contención expositiva y la finalidad práctica perseguida. Los autores, conocidos profesionales de la Cátedra o el Foro, que reúnen la doble condición de que el estudio de la norma requiere.
La edición ha tenido en cuenta las modificaciones experimentadas por la LRJS, así como las normas sustantivas indirectamente incidentes sobre ella (incluyendo la propia Ley 3/2012, de medida surgentes para la reforma del mercado laboral; el Real Decreto-Ley 20/2012, de estabilidad presupuestaria; el Real Decreto 1483/2012, sobre despido colectivo; y la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia) y las primeras sentencias aplicativas de la propia Ley.
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