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La Ley de la Firma Electrónica supone un gran impulso a la Sociedad de la Información. El nuevo texto legal pretende proporcionar seguridad a los ciudadanos y empresas en la tramitación electrónica de sus gestiones, eliminando la desconfianza existente, en cuanto al uso de las mismas.
Las principales novedades que introduce la nueva Ley son: • Implanta el nuevo DNI electrónico que acre dita la identidad del ciudadano y su firma ante la Administración y el sector privado. • Se clarifica el concepto de firma electrónica, identificándose tipos de firmas y normas técnicas en que se sustentan. • Amplía la definición de prestador de servicios de certificación abarcando a otras entidades relacionadas. • Crea el concepto de firma electrónica “reconocida”, equiparando su valor con el de la firma manuscrita. • Desarrolla la firma electrónica de personas jurídicas. • Equilibra el régimen de obligaciones y responsabilidades entre prestadores de servicios de certificación, firmantes y terceros afectados. • Regula la supervisión, control y régimen sancionador. • Modifica el régimen de la firma electrónica en el ámbito de los Notarios y Registradores. • Enlaza con las novedades importantes en facturación electrónica. • Desarrolla el sistema de certificación voluntaria de dispositivos. • Pone de manifiesto la importancia de la tecnología y los procedimientos en la seguridad de la firma electrónica.
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