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En los inicios del siglo XXI, el Derecho internacional es un ordenamiento anclado en principios tradicionales inmersos en procesos de transformación, motivados por distintos elementos como la interdependencia de las relaciones, la disparidad de sujetos o el fenómeno de la globalización. Estos factores determinan que cada vez se muestre más insuficiente la concepción del Derecho internacional como ordenamiento regulador de competencias entre Estados; de esta forma, la aparición de la persona en el entramado de las relaciones internacionales, ayuda a la cristalización de un concepto referencial en el marco del presente siglo como es el concepto «humanidad». La consolidación de este término supone la imbricación del ordenamiento jurídico internacional y los distintos ordenamientos internos en relación al fundamento último de los delitos de Derecho internacional: la protección de derechos humanos. La violación grave de las normas que otorgan dicha protección origina tanto la responsabilidad del Est
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