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Colección Cuadernos Aranzadi Civil nº 25
Es cada día más frecuente que las demandas iniciadoras de procedimientos que tienen por objeto la reparación de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento del contrato, contengan pretensiones dirigidas a la indemnización del llamado daño moral. No resulta aventurado señalar que desde esta órbita, y al amparo de los textos legales en los que se fundamenta la responsabilidad contractual, estemos asistiendo a una verdadera revolución que afecta al contenido y alcance de los daños indemnizables, siendo ya numerosas las resoluciones judiciales que contienen pronunciamientos favorables a la admisión del daño moral contractual. Es también frecuente en la doctrina una mayor preocupación por el estudio de esta parcela del daño indemnizable como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones nacidas del contrato, más allá de su reparación en las obligaciones que tienen su origen en la culpa extracontractual. Pese a ello, son muy numerosas las cuestiones que suscita su reconocimiento. Es evidente que, ante la ausencia de una norma de carácter general aplicable a la reparación de estos daños, es tarea que compete a la jurisprudencia la de la delimitación de la existencia, intensidad y prueba del daño moral. Sólo con un pormenorizado estudio de las sentencias dictadas por nuestros Tribunales podrá alcanzarse alguna conclusión satisfactoria que sirva para determinar cuándo y cómo son indemnizables. Por otro lado, nos servirá para concluir si se está produciendo una cierta instrumentalización de este tipo de daños para esconder otros conceptos indemnizatorios más cercanos a un daño patrimonial que existe y no puede acreditarse, circunstancia que ha sido puesta de manifiesto en numerosas ocasiones por nuestra doctrina. Para ella, la autora de este trabajo procede al análisis de algunas de las numerosas cuestiones que suscita el concepto mismo de daño moral y la subsunción en su contenido de determinados conceptos indemnizables. Al hilo de este estudio podremos observar algunas de las situaciones en las que con más frecuencia se suscita en la práctica la reparación del daño moral contractual, pues, como se verá, existe una tendencia reiterada a admitir la indemnización de daños morales partiendo de la naturaleza de la propia relación contractual en la que se genere el incumplimiento. Por último, como cuestión también relevante, se ocupa de la prueba del daño moral y su necesaria valoración.
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