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La presente edición del Comentario a la Ley de Marcas 17/2001 recoge las principales novedades de la práctica (jurisprudencia, legislación y aplicación por la Oficina Española de Marcas), después de más de cinco años desde la entrada en vigor de la Ley de Marcas 17/2001. En el ámbito legislativo las reformas más importantes han sido: la introducción de los Juzgados de lo Mercantil, la creación del Juzgado de Marca Comunitaria con sede en Alicante (ambos mediante la Ley Orgánica 8/2003); la Ley 19/2006, que amplía los medios de tutela de la Propiedad industrial -incorporando la Directiva 2004/48/CE-, y modificando el sistema de indemnización de daños y perjuicios, introduciendo a la vez en las diligencias preliminares una regulación específica de la propiedad industrial. Igualmente la Ley de protección del Diseño industrial (Ley 20/2003) modificó la regulación del arbitraje y afectó directamente a la situación de la protección de los productos accesorios. Desde el punto de vista jurisprudencial se incorporan las diferentes sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que han afectado fundamentalmente a la definición de marca y a la susceptibilidad de protección de los signos olfativos, sonoros, etc., así como a la definición de "susceptibilidad de representación gráfica" y las resoluciones que determinan el concepto de infracción de marca. En cuanto a la jurisprudencia nacional merecen reseñarse los desarrollos existentes en materia de indemnización de daños y perjuicios, el concepto de derecho positivo de uso de la marca y la doctrina de la violación continuada específicamente aplicada a las marcas. Se ha recogido las sentencias más importantes del Juzgado de Marca Comunitaria y, en apelación, del Tribunal de Marca Comunitaria que han abordado cuestiones relativas al riesgo de asociación de marcas y muy especialmente cuestiones procesales (acumulación de acciones de competencia desleal, de nulidad de marca nacional o internacional, acumulación de acciones de infracción de la marca nacional, acción reivindicatoria de marcas nacionales y comunitarias, etc.). Respecto de la práctica de la Oficina Española de Patentes y Marcas se ha hecho especial hincapié en las cuestiones de registro (prohibiciones absolutas y relativas), así como en las relativas a la legitimación para el registro de marcas (registro por entidades sin personalidad, por sociedades civiles, etc.). En el ámbito doctrinal se hace mención a las principales aportaciones doctrinales desde el año 2002.
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