Información adicional
La Resolución 1540 adoptada por el Consejo de Seguridad ha calificado la proliferación de armas nucleares, químicas y biológicas, así como sus sistemas vectores, como una amenaza a la paz y seguridad internacionales. Consecuentemente, y actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad decidió la adopción de un conjunto de medidas de obligado cumplimiento para todos los Estados y también la creación de un Comité cuyo mandato es “la presentación de informes al Consejo de Seguridad sobre la aplicación de esta resolución para que proceda a su examen”. La preocupación primordial que alienta la actuación del Consejo de Seguridad es, concretamente, la amenaza del terrorismo y el riesgo de que agentes no estatales puedan adquirir, desarrollar o emplear armas nucleares, químicas y biológicas y sus sistemas vectores o traficar con ellas. En este marco, se plantea como objeto de análisis la delimitación del contenido y los efectos de las medidas de obligado cumplimiento para todos los Estados adoptadas por el Consejo de Seguridad en virtud de dicha Resolución y relativas a las condiciones de empleo, producción, desarrollo y almacenamiento de las armas nucleares.
|