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La aprobación de la Ley 22/2003, Concursal, ha supuesto un profundo cambio en la protección de los derechos de cobro de la Hacienda Pública ante los procedimientos de ejecución colectiva, ya que los privilegios que tradicionalmente han acompañado al crédito tributario se han visto sustancialmente recortados a partir de su entrada en vigor. Por otro lado, el reforzamiento de la vis atractiva del concurso de acreedores, que conlleva la paralización de todas las ejecuciones aisladas que se lleven a cabo contra el patrimonio del deudor, incluidos los apremios administrativos o tributarios, coloca a la Administración en un entorno de menor autotutela, que la arrastra a defender sus intereses, en la mayoría de las ocasiones, en el seno del concurso. La presente monografía tiene por objeto el estudio, a la luz de la nueva regulación, de la posición que ocupa la Hacienda Pública como acreedora en el desarrollo de este tipo de procedimientos.
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