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El despido objetivo como forma de extinción del contrato de trabajo
El despido objetivo como forma de extinción del contrato de trabajo
 
Autor: Sergio Sánchez García
Editorial: CISS - Wolters Kluwer
Soporte: Libro
Fecha publicación: 29/07/2019
Edición: 
ISBN: 9788499541730
116 páginas
Sin Stock. Envío en 7/10 días

Precio original:    19,76 €
Precio final por compra On-Line:     18,77 €   (I.V.A. incluido)

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Para que el empresario pueda extinguir el contrato de trabajo mediante el despido objetivo, es necesario que concurran una serie de causas tasadas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Te explicamos los aspectos técnico-jurídicos de cada una de ellas.

Como consecuencia de los diferentes escenarios coyunturales de crisis económica en los que España se ha visto involucrada, los empresarios comenzaron a utilizar una modalidad de terminación del contrato que se encuentra prevista para los supuestos en los que la empresa sufre un desequilibrio económico, o bien, la necesidad de realizar modificaciones en la producción u organización de la misma. Este modo de extinción del contrato de trabajo es el que conocemos como despido objetivo.

Para que la empresa pueda hacerlo efectivo, es necesario tanto el cumplimiento de una serie de causas tasadas como la concurrencia de unos requisitos más específicos que los establecidos para otro tipo de despido. Por ello, al contrario que en el despido disciplinario, el cual se basa en un incumplimiento consciente y culpable del trabajador, el despido objetivo está previsto, principalmente, como una forma causal de extinción del contrato de trabajo, toda vez que se presume que este tipo de despido no se da por un incumplimiento consciente del operario, sino que se trata de una falta de adaptación entre el trabajador y su puesto de trabajo, o una amortización de los puestos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Por todo ello, se examinan en esta obra las causas del despido objetivo y se realiza un estudio sobre la obligatoriedad de entregar una indemnización al trabajador de manera simultánea a la carta de despido y concederle un plazo de preaviso, pues el incumplimiento de estos requisitos podría resultar importante ante una futura impugnación judicial.

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