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Los mejores profesionales del sector escriben para Editorial Jurídica Ley 57 sobre algo tan esencial como conseguir el objetivo del concurso de acreedores.
Sorprenderá al lector tanto el contenido como su presentación, que consigue hacer del papel un ebook interactivo tan sólo con tener un smartphone o tableta al lado.
Sobre los autores: Ana Armijo Pliego, Abogada. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia. José Mª Casasola Díaz, Letrado de la Administración de Justicia.
El concurso de acreedores tal y como lo configuró la Ley Concursal (en lo sucesivo LECO) y posteriormente el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC en adelante) dista mucho de ser un procedimiento ágil. Igualmente la elevada pendencia de los juzgados que asumen su tramitación hace que su duración se prolongue en el tiempo mucho más de lo que esta institución precisaría para cumplir su función económica y social, que no es otra que procurar el pago de los acreedores priorizando la conservación de la actividad y por tanto del tejido productivo.
Tejido productivo que no sólo lo integran las empresas, sino que las personas naturales y su capacidad de poder empezar de nuevo dejando atrás las deudas en los términos que establecen las leyes. Personas naturales que constituyen un pilar fundamental de la economía por cuanto que no sólo generan actividad, sino que en la medida que tengan capacidad económica –y no sean sometidas a una suerte de muerte civil por una aplicación inexorable del principio de la responsabilidad universal que el art. 1911 del Código civil—podrán contribuir a generar riqueza. Estas personas naturales necesitan procedimientos ágiles y órganos expertos en tramitarlos y, desafortunadamente, la situación se aleja de un escenario ideal, por cuanto que los empresarios se ven obligados a tramitar sus concursos en los juzgados que asumen los concursos de las sociedades que si bien poseen gran experiencia en la tramitación concursal, se ven rebasados por al pendencia. Los no empresarios no tienen un escenario más halagüeño ya que a la situación de sobrecarga de los juzgados de primera instancia se añade en no pocas ocasiones la falta de conocimiento o de práctica en la tramitación de los concursos de acreedores.
La finalidad de esta monografía escrita con vocación eminentemente práctica es procurar dar soluciones para que todos los profesionales que se ven inmersos en concursos de acreedores que se presumen de elevada duración puedan, con adecuación a las normas vigentes, avanzar en el mismo sentido que no es otro que el de llegar a la conclusión de los concursos de acreedores con las mayores garantías y con la tramitación más sucinta posible.
A lo largo de tres capítulos se intentarán detectar los obstáculos que se plantean en las liquidaciones concursales, convenios aprobados y concursos de persona física proponiendo soluciones que, desde la experiencia de los autores, entendemos que pueden contribuir al buen fin de los concursos.
Queremos no obstante participar al lector que muchas de las soluciones propuestas podrán o no tener cabida según el caso concreto y que corresponderá al juez del concurso en cada supuesto aplicar al deudor—y a sus acreedores—un traje a medida que en algunas ocasiones se saldrá del patrón que aquí se propone, pero que entendemos que podrá ser útil a los efectos de detectar problemas y aportar soluciones.
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